Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 29 de Junio del 2005, por el abogado ANGEL GOLFREDO CONTRERAS MOLINA, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MERCAINMUEBLES C.A., parte demandada en el presente juicio, contra la sentencia dictada el 06 de Junio del 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: en consecuencia queda confirmada la Sentencia objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281, del Código de Procedimiento Civil.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES Y/O A.....