PARTE DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- CONDENA AL CIUDADANO FREDDY AMARO CORDERO CORDERO, titular de la Cédula de Identidad No. 5.319.114, nació el 28-07-1952, de 54 años, ocupación: Obrero, venezolano, Hijo de Ediberto Antonio Cordero y de María Ramona Cordero, residenciado en Burere Parroquia Las Mercedes, Barrio Los Agricultores, calle principal, casa sin numero, por encontrarlo responsable penalmente en el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del adolescente NOÉ JOSÉ QUERALES LOZADA, A cumplir la pena de un (01) año y seis (06) .....