Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos EDGAR MELITON PEÑA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.763.013 y residenciado en la Población de Santa Rita, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, y ERIKA MARGARITA RIERA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.706.799 y domiciliada en la Población de El Hato, Vía San Nicolás, casa sin numero, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos EDGAR MELITON PEÑA PEÑA y ERIKA MARGARITA RIERA VARGA.....