En mérito de lo anteriormente expuesto, El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos DAVID ENMANUEL SANTOS CARPIO, ALBERT MOISES MADRIZ PEREZ y LUIS ALFREDO RIAÑO SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 17.860.676, 21.019.820, 20.236.584 respectivamente, contra la empresa BUHOS ON LINE C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 30 de septiembre de 2008, bajo el Nº 4, Tomo 79-A.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida.