Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA mantener la Medida de detención domiciliaria bajo vigilancia policial al imputado Ricardo Silva Almao, quien se le imputada la presunta comisión de los delitos de robo de vehículo automotores, previsto en el Artículo 6 de la Ley Sobre el hurto y Robo de Vehículos Automotores, porte ilícito de arma de fuego y resistencia a la autoridad, previstos y sancionados en los Artículos 278 y 219 del Código Penal, en concordancia del artículo 87 Ejusdem. Se acuerda reconocimiento médico legal para el día 03-10-05 a las 10:00 am. Notifíquese, líbrese traslado al imputado, quien tiene arresto domiciliario y oficio a la Medicatura Forense.