Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana DEL VALLE JOSÉ COVA GARCIA contra el ciudadano HENRY JOSÉ GONZALEZ MEDINA, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del niño y condena al obligado a sufragar a su hijo el 30% MENSUAL DEL SUELDO GLOBAL, 30% BONO VACACIONAL, para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares en el mes de Agosto, 30% DEL AGUINALDO, para cubrir los gastos de juguetes, ropas y calzados en el mes de Diciembre, y 30% PRESTACIONES SOCIALES, para cubrir pensiones futuras, en caso de retiro o despido del cargo. Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 369, 30, 08 Y 371 de la LOPNA.
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