Oída la exposición de las partes así como lo manifestado por la joven adolescente, este tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la responsabilidad penal de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDApor la comisión del delito de ROBO GERERICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, en consecuencia se le impone como sanción. IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN AÑO Y LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE 6 MESES. NOTIFIQUESE A LAS PARTES. Se declara el cese de las medidas cautelares impuestas. Remítanse las actuaciones al Tribunal de ejecución. Es todo. Registrase, Publíquese y Cúmplase.