En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
- SIN LUGAR la solicitud de ampliación presentada por el ciudadano GIUSSEPPE PAGLIOCCA CARPENTIERI, ya identificado, actuando en su propio nombre y representación, de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 12 de agosto de 2011, la cual declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región.....