En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por Fiscalía Primera del Ministerio Público, en contra del acusado YOHANGEL LEONEL DIAZ TOYO, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículos 405 concatenado con el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de CARLOS EDUARDO LOPEZ MOLINA, SEGUNDO: Se Admite todos y cada uno de los medios de prueba que fueron presentados por el Ministerio Público, por considerar que los mismos resultan útiles, lícitos, necesarios y pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 181, 182, 183 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO ORAL Y PÚBLICO del acusado YOHANGEL LEONEL DIAZ TOYO, por la presunta comisión del de.....