En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa de Sobreseimiento e in admisibilidad de la acusación por las razones expuesta en la motiva de la presente decisión SEGUNDO: Se ADMITE la Acusación interpuesta por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, contra el ciudadano JESUS ALBERTO MORENO BLANCO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad CI: 23.678.308 nacida en Coro en fecha 24-09-1995, de 18 años de edad, soltero, de ocupación albañil domiciliado en la Urbanizacion Cruz verde calle 11, sector 05, vereda 11, casa numero 5, punto de referencia detrás de la farmacia Cruz Verde, en el Municipio Miranda del Estado Falcón. Por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIO.....