En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA por la materia para conocer y decidir recurso de apelación ejercido por el abogado Rafael Álvarez, actuando como apoderado judicial del ciudadano Rómulo Silva; contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 23 de julio de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró sin lugar las cuestiones previas opuestas de conformidad con los numerales 6 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda por nulidad de venta, interpuesta por la ciudadana LEISDA SUMILDE GARFIDES ROA, contra los ciudadanos RÓMULO ANTONIO SILVA, GRACIA BELARMINA ALVARADO y KRISTY MICHELLE PIÑERO ALVARADO, todos plenamente identifica.....