En consecuencia este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL ESTADALES Y MUNICIPALES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base de los fundamentos de derecho y en atención a lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO el ciudadano GUILLERMO JOSE HERRERA CESARONI, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia estado Carabobo, titular de la cedula de identidad No V.- 18.688.163, fecha de nacimiento: 04-08-1975, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Abogado, residenciado en la Urbanización Prisma Calle Principal, Torre 35, Piso 13, Apartamento 13, Municipio Guácara estado Carabobo, Teléfono: no posee, por el delito de EXTORSION, previsto y Sancionado en el Artículo 16 de Ley Contra el Secuestro .....