Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: Extinguida la Instancia por haber operado la PERENCIÓN BREVE en la demanda por DIVORCIO (185-A) intentado por el ciudadano CARLOS EDUARDO ORDOÑEZ DI PEDE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.393.668 debidamente asistido por el abogado en ejercicio WILLY ZABALA REQUENA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.516, en contra de la ciudadana KARINA ELIZABETH CORREDOR MOYETONES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.060.946.
2. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.