Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por la ciudadana: NORKY ELIZABETH GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.076.842, inscrito en el IPSA bajo el N° 149.861, apoderada judicial del ciudadano DAVID COROMOTO NAVARRO BLUMHAGEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N °V-12.264.600. Demandada ANA LUCIA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.467.694, de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año 2016; y en con.....