Estando fijada audiencia preliminar presentes las partes y oídas las mismas, se admite la acusación y las pruebas de la Fiscalia se rechazan las pruebas presentadas por la Defensa por ser extemporaneas y se ordena la apertura a juicio oral y público, en un lapso de cinco días. Quedando notificadas las partes. Se dicto auto motivado.