Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a Condenar: al ciudadano JEAN CARLOS NARVAEZ NUÑEZ, quien es venezolano, natural de Porlamar, Nueva Esparta, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.335.857, nacido en fecha 24-08-1982, soltero, de profesión Obrero, hijo de Ovidio Narváez Guevara, y Zuñilde Núñez Rodríguez, y residenciado en Nueva Esparta, en el Valle del Espíritu Santo, Sector Buena Vista, casa S/N; a cumplir la Pena de ONCE (11) AÑOS, OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de Violación, Previsto y sancionado en el articulo 374, numeral 1º del Código Penal Vigente, con el agravante previsto en el articulo 217 de la LOPNA, en perjuicio de la niña Reimar del Valle Ávila Bermúdez, más las accesorias de Ley.....