En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley, procede hacer la Entrega formal y Material del inmueble identificado en el mandamiento de ejecución. Se deja constancia de que el referido inmueble fue dejado libre de bienes y personas, que se hizo cambio de cerradura en la puerta de acceso del mismo y que las llaves se dejan en manos de la parte actora.