Visto y como ha sido revisado el escrito y sus respectivos anexos que corren insertos a los folios del 01 al 05, este Tribunal Observa que la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en fecha 24/05/2007, hizo entrega plena del vehiculo Marca: FORD, Modelo: F-150, Tipo: PICK-UP, Color: NEGRO, Placas: 12M-GAN, Chapa Identificadora del Serial de Carrocería: 1FTCF15Y7FLA82087, Serial del Chasis: AJF1NB14077, Motor: 6 Cilindros, al ciudadano DANILO MUÑOZ PEDRAZA, Titular del Cedula de Identidad V-55.666.251, de conformidad con el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien el ciudadano DANILO MUÑOZ PEDRAZA, solicita que el Tribunal lo autorice a realizar cualquier acto de venta de referido vehiculo, lo cual no tiene Asidero Jurídico, por cuanto escapa de la competencia del Tribunal tales tipos de solicitudes. Así se decide
Publíquese, Regístrese y Cúmplase. Dado en Barquisimeto a los Veintiséis días del Mes de Noviembre del año Dos Mi.....