Por los razonamiento antes expuestos este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de al Ley ordena la INMEDIATA LIBERTAD del imputado MATA BRITO JOSE LUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.498.355, de 31 años de edad y de este domicilio. Líbrese oficio al Internado Judicial esta ciudad, remitiéndosele anexo al mismo Boleta de Libertad a nombre del referido ciudadano y oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, informándoles que sobre dicho ciudadano no pesa orden de captura, ni de ubicación y traslado en este Tribunal, que queda sin efecto para que retire al ciudadano MATA BRITO JORGE LUIS, de la data de personas requeridas