Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Demanda de Desalojo, incoada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES MILLAN DE ROJAS, representada judicialmente, por los abogados CARLOS ENRIQUE MENESES CARABALLO y GERTRUDIS MARCANO SALAZAR, contra la ciudadana RIVERA GIL MILENA DEL VALLE, representada judicialmente por la abogada CRUZ MERCEDES VELASQUEZ. Ambas partes identificadas en autos.-
En consecuencia se condena a la ciudadana MILENA DEL VALLE RIVERA GIL, a desocupar el inmueble identificado con el Nº 15 de Playa Grande, Jurisdicción de la Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
Por cuanto no consta la existencia de cláusula penal en el referido contrato, el Tribunal se abstiene de condenar al pago de los daños y perjuicios solicitados por los apoderados Ju.....