Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento Régimen de Convivencia Familiar, intentado por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE SILVA FALCON, ya identificado, en beneficio de (Identidad Omitida en concordancia con el Articulo 65 de la LOPNNA) y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.