Vista la demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, presentada por la ciudadana MILEXA SÁNCHEZ BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 7.358.093; este Tribunal de Conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, antes de pronunciarse con relación a la admisión de la demanda apercibe a la demandante a indicar en un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy: PRIMERO: Si la demandante actúa en su propio nombre y representación. SEGUNDO: Si actúa en nombre de la Sucesión LUIS SANCHEZ SIRA. TERCERO: Indicar que por ser Abogada y con capacidad de postulación, ejercerá la representación judicial en la presente causa.