Por todo lo expuestos, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Homologa el convenio conciliatorio celebrado por las partes y acuerda la Suspensión de la causa a prueba por el lapso de un (01) año, en el proceso que se le sigue a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDAD, antes identificados, por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, ocurrido el día 10 de febrero de 2005; para que los imputados cumplan con las obligaciones impuestas, que finaliza el 26 de enero de 2010. Se les advierte a los acusados que cualquier cambio de residencia deberá ser comunicado al Ministerio Público o a este Tribunal. Asimismo que en caso de incumplimiento de las obligaciones serán revocadas y llevado a juicio; y en caso de que la cumpla se decreta el sobreseimiento de la misma. Se ordena la cesación de las medidas cautelares q.....