TERCERO:
En razón de lo expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: declarar con lugar la Aprehensión en Flagrancia de conformidad al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, la Aplicación del Procedimiento ordinario, e impone a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 17 años de edad, nacido en fecha 28-09-1.991, soltero, profesión indefinida, titular de la cedula de identidad numero V° 21.505.998, hijo de Marlene Perdomo y Robert Ramos, domiciliado en Mesa de Cavaca, Barrio La Guajira, Calle Cristal, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa Y IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, Venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 14 años de edad, nacido en fecha 16-02-1.994, soltero, estudiante, titular de la cedula de identidad n.....