-VI-
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriores, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Se declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el Abogado MANUEL ALEJANDRO PARRA , en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO S.A., contra el Acto Administrativo de efectos particulares emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO FALCÒN CON SEDE EN PUNTO FIJO. Así se decide.- SEGUNDO: DECLARA LA CADUCIDAD DE LA ACCIÒN DE NULIDAD de conformidad con lo consagrado en el artículo 32 particular primero de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE y .....