PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de noviembre de 2010 (folio 216), por el abogado en ejercicio JESÚS MANUEL MÉNDEZ HERNÁNDEZ, en su condición de endosatario en procuración de la Sociedad Mercantil Comercializadora 7437 C.A., parte intimante, contra la providencia de fecha 08 de noviembre de 2010, mediante la cual el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, admitió las pruebas de inspección judicial y la prueba denominada "promoción especial", referida al interrogatorio de la ciudadana TANIA MARICELA ESCALANTE ZAMBRANO, y en consecuencia, se declaran inadmisibles tales probanzas, promovidas por los abogados ROSA ELVIRA TORRES DE SÁNCHEZ y ELISEO MORENO, en su condición de apoderados judiciales de la parte intimada.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de noviembre de 2010 (folios 217 y 218), por los abogados ROSA EL.....