Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 31 de octubre de 2011, por la ciudadana Irene De Jesús González Oliveros, asistida por la abogada Maria Brizuela, contra el auto dictado en fecha 24 de octubre de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el cuaderno separado de medidas, derivado del juicio principal de divorcio, interpuesto por la ciudadana Irene De Jesús González Oliveros, contra el ciudadano Alfio Indelicato. Quedó asi CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas a la apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.