declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos FRANKLIN ALEJANDRO TORRES ZAMBRANO Y MARIA GABRIELA ABZUETA MONTIEL, plenamente identificados en autos, en fecha (27) de Marzo del año (1999), Registro Civil de la Parroquia el LLano del Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Nº 68.