DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el artículo 44 Ordinal 1ero., de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal vigente en contra de del ciudadano ABRAHAN JOSE ECHEVERIA RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº SEGUNDO: En cuanto al procedimiento solicitado se acuerda la tramitación de la causa por el PROCEDIMIENTO POR CONSUMO. TERCERO: Se acuerda imponer el procedimiento por consumo establecido en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Droga CUARTO:. Líbrese los oficios correspondientes a al ONA, notifíquese a las partes.-
La Jueza de Control Nº 8
Abg. Luisabeth Mendoza Pineda.-
Secretario