Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda.
SEGUNDO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano Alexis González Villarroel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.899.347, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos Rosa Margarita González Villarroel, Cruz del carmen González Villarroel, Santa Josefina González Villarroel, Mirelys del Valle González Villarroel, Maria Ascensión Villarroel y Maria Concepción González Villarroel, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 4.041.487, 4.041.668, 5.912.681, 5.912.682, 3.010.154 y 3.010958, respectivamente y todos domiciliados en Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, Arcadio Rafael González Villarr.....