Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara inocente al Ciudadano: GERARDO ALCIDES MORALES HURTADO, plenamente identificado en esta decisión toda vez que de las pruebas ofrecidas y debatidas en juicio no fue posible establecer la comisión de hecho punible alguno, por lo que resulta imposible entrar a determinar la culpabilidad y responsabilidad penal del acusado, siendo así que la presente decisión ha de ser una SENTENCIA ABSOLUTORIA, de conformidad con lo previsto en los artículos 8,13 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se hacen cesar todas las medidas de coerción impuestas al acusado. Y así se decreta.
La Dispositiva de la presente sentencia fue leída en Audiencia, en fecha 13 de Febrero del año 2007 y con su lectura quedaron notif.....