En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 16 de febrero de 2012, por los abogados HUGO JIMENEZ y VICTOR QUERALES, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil EMERGENCIA MEDICA INTEGRAL EMI CENTRO, C.A., en contra de la negativa de la apelación de la sentencia dictada en fecha 09 de febrero de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara.