Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación, interpuesto por el abogado Larry Pacinelli, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 186.698, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha diecisiete (17) de julio de 2019, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual negó el otorgamiento de la medida cautelar de secuestro solicitada.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante.
TERCERO: Se CONFIRMA el auto de fecha diecisiete (17) de julio de 2019, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del.....