este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y le imprime carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se hace del conocimiento de los antes mencionados ciudadanos, que una vez conste en autos el cumplimiento del convenio realizado, se dará por terminado el presente juicio y se ordenará el archivo del expediente.
La Juez
Abogada CLAUDIA A. OLAVARRIA
La Secretaria,
Abogada MARITZA RAFFO PAIVA,
En la misma fecha se hizo lo ordenado.
La Secretaria,
EXPEDIENTE No. 7711.
Yasmira.