este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 05/12/2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas, dada la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Se CONFIRMA en todas sus partes la decisión recurrida.
CUARTO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de esta decisión.