Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de Jesús Ramón Figueroa Figueroa, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.625.989, nacido en fecha 15-03-1991, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de Jesús Figueroa y Olga Figueroa, y residenciado en Guaca, Sector La Marina, Calle La Esperanza, Casa N° 141, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, El Beneficio De Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena,