En atención a las precedentes consideraciones, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECLARA IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada REBECA ANDREINA DEL PILAR PINTO, en su condición de Defensora Publica Sexta, cargo adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Publica de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 28/04/2015 y publicada en fecha 29/04/2015 por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado bajo en N° GP01-P-2015-006593, mediante la cual se DECRETO MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado KLIBER ALEXANDER MORALES MONGES, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previ.....