:Este Juzgado de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acordó: 1) En aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo y 108 ordinal 5° del Código Penal, el sobreseimiento de la presenta causa, seguida al imputado JOSÉ RODULFO RUIZ MORREAL, por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto en el artículo 472 del Código Penal vigente para el momento de cometerse el hecho, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA ALCEINDA VILLARREAL. 2) No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del COPP. 3) Notificar. 4) Una vez transcurra el lapso de apelación respectivo remítase la causa al Archivo Judicial.