Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: Sin Lugar la Pretensión por Desalojo intentada por la ciudadana María de Jesús Mora Donquis, antes identificada, contra el ciudadano José Alfredo Chirinos, ya identificado. De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte perdidosa.