Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por el supuesto agraviado, sociedad Mercantil LEISON CONSULTORES, C.A, SEGUNDO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año Dos Mil Siete (2007), Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ SUPERIOR
DRA. ANA DUBRASKA GARCÍA