D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en contra de la sentencia dictada el 26 de junio de 2.008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, que condenó a los demandados a pagar las siguientes cantidades:
1) La cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 250.000.000,00) o su equivalente en moneda actual DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (BS.F 250.000,00) por concepto de capital; 2) La cantidad de CIENTO SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO ONCE BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs. 106.361.111,11) o su equivalente en moneda actual CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON ONCE CENTIMOS (Bs. F. 106.361,11) , por concepto de intereses de capital causados.....