En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN FORZOSA DE LA SENTENCIA dictada por este Tribunal en fecha 14 de Enero de 2.010, y donde se ordenó a la demandada, ciudadana MIRIAM CLARA TESORERO, a efectuar la venta definitiva y la entrega inmediata del inmueble ubicado en la Calle Plaza, distinguido con el No. 14-32, jurisdicción del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo; Oposición interpuesta por el ciudadano JOSE TESORERO, asistido de la Abogada ZULEIMA PARRA SALCEDO, todos identificadas en el encabezamiento de la presente decisión.-
SEGUNDO: A los fines de proseguir con la Ejecución Forzosa, se deberá esperar las resultas del juicio de Tercería int.....