Y EN ESTE ACTO EL EX TRABAJADOR DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en virtud de que las pruebas aportadas por la demandada se constata que retiro su liquidación de Prestaciones Sociales y se reserva el derecho de reclamar cualquier diferencia si existiera. Visto el DESISTIMIENTO efectuado en este acto por la parte actora y en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Así mismo se hace entrega a de las pruebas.
LA JUEZ
EL DEMANDANTE
EL APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA