III
DECISIÓN.-
En virtud de los planteamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en la presente demanda de contenido patrimonial incoada por la abogada VERÓNICA TORRES MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.413, apoderada judicial de la empresa "CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Quinto (5º) de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, con sede Caracas, en fecha primero (1º) de julio de 2005, bajo el Nº 64, Tomo 1131-A, contra las sociedades mercantiles "CONSTRUTORA LA PRIMERA, C.A.", inscrita en el registro Mercantil Primero (1º) de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 14 de noviembre de 1995, bajo el Nº 16, Tomo: A Nº 41; con posterior modificación; inscrita e.....