PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11 de junio de 2012, por el abogado ROBER RICARDO MARTÍNEZ SULBARÁN, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BRIXIO JUNIOR URDANETA LÚQUEZ, parte demanda, contra la sentencia de fecha 31 de mayo de 2012, dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía.
SEGUNDO: Se REVOCA en todas y cada una de sus partes la sentencia de 31 de mayo de 2012, mediante la cual el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía, declaró improcedente la solicitud de perención de la instancia.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se declara CONSUMADA LA PERENCIÓN BREVE Y EXTINTA LA INSTANCIA en el juicio que interpusiera el ciudadano LEXI DEMIS BERMÚDEZ SOLARTE, DEL PROCESO, contra el recurr.....