III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana XIOMARY JOSEFINA PACHECO POLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.608.515. SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha en fecha 15 de julio de 1998, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No. 67, folio 134 y 135, Tomo I, año: 1998, de fecha 15 de julio de 1998.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias.....