En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda de RECONOCIMIENTO EN CONTENIDO Y FIRMA, que fuera interpuesta por el ciudadano JUAN JOSE GONZALEZ TELLECHEA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-20.145.039, asistido por el abogado JESUS RAFAEL MONTANER RIERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.653, contra el ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-4.837.821; en consecuencia, queda EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente proceso.
Se acuerda la devolución del documento original que riela al folio tres (03), ma.....