Este Juzgado Mixto Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, integrado por la Juez Presidente MARLENY DEL CARMEN MORA SALAS y los Escabinos JUAN ENRIQUE PEREDA, y MARIO RAFAEL VICENT, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declaran por UNANIMIDAD: Primero.- No quedo demostrado en el Juicio Oral y Público la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO CLASIFICADA COMO DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de Ley Sobre Armas y Explosivos en perjuicio del Estado Venezolano. Por lo tanto SE ABSUELVE a los acusados JOSÉ RAIMUNDO CARDENAS RUEDA, titular de la cedula de identidad V-9.233.247, DALMIRO ENRIQUE QUINTERO HALL, titular de la cedula de identidad V-10.403.084, YAMIL JOSÉ SEGURA GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad V-15.288.539, y YOVANNY JOSÉ MARCANO, titular de la cedula de identidad V- 11.336.858. del delito de .....