CAPITULO IV
DECISIÓN
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le concede la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello en fecha 27 de mayo de 2008. SEGUNDO: Con lugar la pretensión por Desalojo fundamentada en el literal "a" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, incoada por la ciudadana Cándida Sánchez Silva, contra Beatriz Del Valle Garrido Noguera, ya identificadas. En consecuencia se ordena a la demandada hacer entrega inmediata del inmueble a la demandante, el cual se encuentra ubicado en ubicado en la Urbanización San Esteban, Sector 03, calle La Cana.....