DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO SE DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación formulado por la parte agraviante en amparo, sociedad de comercio IMPREGILO, S.P.A, C.A.
SEGUNDO: CONFIRMADA, la sentencia recurrida.
TERCERO: CON LUGAR de la Acción de Amparo FORMULADA POR EL CIUDADANO JEAN APONTE, parte agraviada.
Se condena en costas a la parte accionada, sociedad de comercio IMPREGILO, S.P.A, C.A, parte agraviante.
Notifíquese mediante oficio de la presente sentencia al juzgado de la causa. Líbrese oficio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Veintisiete (27) días del mes de Junio del a.....